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Año VII - Edición 123 22 de mayo de 2008

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Jornada sobre el Control de Convencionalidad

  • Notas

Organizada por la Cátedra de Derechos Humanos y Garantías a cargo de la Profesora Susana J. Albanese, el 29 de abril se desarrolló en el Salón Rojo de nuestra Facultad una Jornada sobre el Control de Convencionalidad. El evento fue coordinado por la Dra. Adelina Loianno y contó en su acto de apertura con la exposición de la propia Dra. Albanese, quien presentó la jornada dictando una conferencia titulada “La internacionalización del Derecho Constitucional y la constitucionalización el Derecho Internacional”.

En primer lugar, manifestó que, superada la discusión del alcance y jerarquía de los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos en el plano constitucional, queda por desarrollar otros aspectos ante un entramado normativo, doctrinario y jurisprudencial de relevancia. En tal sentido, definió al “control de convencionalidad” como “una garantía destinada a obtener la aplicación armónica del Derecho vigente, un control enraizado en la protección de los derechos y garantías particulares”. Asimismo, consideró que constituye la función esencial de los organismos internacionales competentes que interpretan los actos internos al amparo de una Convención.

Por otra parte, indicó que hace ya dos décadas que se vislumbra en los Tribunales internacionales la idea de la “construcción de un orden jurídico de respeto a los derechos” y que de manera coincidente se expresó el ex presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el juez García Ramírez, al rechazar la postura que ve en aquel órgano una mera instancia de revisión. En el anverso a tal situación, resaltó que con lo resuelto en la causa “Ekmekdjian c. Sofovich”, los tribunales nacionales intervinientes reinstalaron la obligación de todos los poderes del Estado de no invocar disposiciones de Derecho interno como justificativo de incumplimiento de los tratados a los que nuestro país se halla vinculados. Después de reformada la Constitución Nacional continúan las tendencias hacia la internacionalización del Derecho Constitucional.

Las consideraciones precedentes demuestran, de acuerdo a la Dra. Susana J. Albanese, que “la internacionalización del Derecho Constitucional y la constitucionalización del Derecho Internacional son los dos ejes a través de los cuales circula el concepto del control de convencionalidad”. Con respecto a la instalación de esta garantía, invocó la postura reciente de la Corte Europea de Derechos Humanos en el sentido de la necesariedad –pero insuficiencia- de los recursos y de la posibilidad de aplicar en el derecho interno directamente la jurisprudencia europea y que el conocimiento de ella sea facilitado por los Estados. Luego, Albanese explicó que cuando los poderes ejecutivo o legislativo incurren en incumplimientos de instrumentos internacionales que obligue al Estado, debe emerger el Poder Judicial y el control al que hacemos referencia.

En otro orden de ideas, destacó la opinión de los Tribunales internacionales en lo relativo a la lesión del principio de seguridad jurídica implícito en el conjunto de las cláusulas convencionales por parte de los máximos tribunales nacionales, cuando estos emiten posiciones disímiles frente a la aplicación de una ley en causas diferentes. Con relación a ello, argumentó que deben evaluarse las incertidumbres provocadas en la aplicación del control de convencionalidad por los jueces frente a la falta de unanimidad ante cambios interpretativos acerca de una norma, cuya frecuencia repercute en la seguridad jurídica.

Hacia el final de su exposición, subrayó que el control de convencionalidad ofrece problemas en cuanto a su aplicación cuando la interpretación dinámica y evolutiva de normas es variada y la opinión de sus miembros disgregada.

Por último, consideró un medio adecuado para la integración del Derecho vigente la aplicación de los grandes consensos consagrados y el reconocimiento de que las posiciones carentes de aquel acuerdo mecen la aplicación de la regla de la normal prudencia hasta llegar a develar la existencia de una doctrina perdurable en base al principio de la seguridad jurídica.

La jornada contó con los siguientes paneles y expositores:
“La Corte Suprema y la Corte Interamericana” (Adelina Loianno y Calógero Pizzolo); “Los jueces y algunos caminos del control de convencionalidad” (Silvina Zimerman y Alberto Lucchetti); “La Corte Interamericana intérprete última de la Convención. La práctica de los órganos de control internacionales” (Marta Pastor); “El control de convencionalidad en el acto administrativo” (Gregorio Flax); “La globalización de la efectiva vigencia de los Derechos Humanos. El rol de las personas en la búsqueda de la perfección de los sistemas de control internacionales” (Marcelo Raffín); “Cumplimiento de las resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos a la luz del caso ‘Penitenciarías de Mendoza’” (Pablo Salinas); “Prohibición absoluta de la tortura. Los crímenes de lesa humanidad. ¿Límites al deber de aplicar la Convención a la luz de la Corte Suprema?” (Andrés Gil Domínguez); “La aplicación de las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La cosa juzgada. Excepciones. Hechos nuevos” (Osvaldo Gozaíni).