Jornada argentino-brasileña de Derecho Penal Económico: "Un enfoque transnacional del delito de lavado de dinero"
En el Salón Verde, el pasado 21 de noviembre, se llevó a cabo la jornada argentino-brasileña de Derecho Penal Económico: "Un enfoque transnacional del delito de lavado de dinero", organizada por la cátedra Sarrabayrouse, la Dirección de Posgrado y el Departamento de Derecho Penal y Criminología. Participaron en calidad de expositores/as, Heloisa Estellita (Fundación Getulio Vargas), Alejandra Verde (Universidad de Buenos Aires), Chiavelli Facenda Falavigno (Universidad de Santa Catarina) y Malena Pastor Zamboni (Universidad de Buenos Aires).
Al inicio, Alejandra Verde habló sobre la naturaleza del encuentro y sus inicios vinculada a una investigación sobre la problemática del lavado de dinero con una iniciativa bilateral. En ese sentido, remarcó la importancia de comparar los sistemas de ambos países con el propósito de avanzar hacia el futuro en conjunto.
Por su parte, Heloisa Estellita se refirió al delito tributario como delito precedente al lavado de dinero. En su exposición intentó dar una idea general y ejemplificar con el caso brasilero. De esta manera, aludió a la problematización que se da en Brasil debido a la falta de una normativa clara en esta materia. Esto la llevó a describir la complejidad del problema que atribuyó “a las características específicas del derecho penal tributario, con tipos penales, con una gran densidad normativa”. Avanzando sobre su intervención, añadió los cambios que tuvieron efecto en Brasil, por ejemplo, la implementación de una pena mínima de 6 años y una máxima de 26 cuando se combinan los tres tipos (participación, blanqueo y organización criminal). Recordó que la pena máxima es mayor a la de homicidio que es de 20 años en Brasil. Para finalizar, mencionó que los problemas que surjan de la complejidad penal no deberían solucionarse sólo con la dogmática, sino también por la labor del/de la legislador/a.
Tomó la palabra nuevamente Alejandra Verde y realizó un análisis del tipo penal del lavado en la Argentina. Habló sobre el pasado y el camino que llevó hacia la reforma de principios del año 2024. A todo ello, también, le agrego una mirada hacia el futuro, para entender “hacia dónde vamos, en materia de derecho penal y lavado de activos”. En el análisis incluyó un comentario sobre el Artículo 303 del Código Penal y su relación con la reforma. Esto la llevó además a hablar sobre la misma concepción de la Ley de Lavado, cuyos inicios, al igual que Alemania y España, están conectados con la narcocriminalidad.
Seguidamente, Chiavelli Facenda Falavigno se encargó de introducir las cuestiones dogmáticas y las políticas criminales y legislativas con el propósito de relacionar el blanqueamiento de capitales con las cuestiones dogmáticas. Dentro de esto, manifestó su interés en cómo el Poder Judicial va tomando posiciones dogmáticas profundas respecto al derecho penal en lo académico. Uno de los aspectos que criticó fue la transformación del Poder Judicial en una fuerza punitiva, que afloja y hace más lento cualquier tipo de discusión sobre el tema. Su postura, puntualizó, muchas veces es meramente ideológica y pone en peligro las garantías constitucionales y el status quo político en general. Para finalizar, enfatizó en la importancia de la investigación y en la cooperación entre los países.