¿Lawfare en Brasil?
El 17 de marzo se llevó adelante la conferencia "¿Lawfare en Brasil?, que estuvo a cargo de la profesora Carolina Machado Cyrillo da Silva (Universidad Federal de Río de Janeiro y UBA).
El encuentro fue presentado por Sebastián Diego Toledo y organizado por la Cátedra de Derecho Constitucional de Raúl Gustavo Ferreyra, (Facultad de Derecho, UBA). Auspiciaron el Círculo Doxa de la Ciudad de Buenos Aires y el Núcleo Interamericano de Direitos Humanos.
Para comenzar, Carolina Machado Cyrillo da Silva desarrolló: “Lawfare es una expresión de uso político que está muy difundida, sobre todo en los medios en América del Sur, en razón de algunos acontecimientos respecto a las discusiones donde el derecho pasa como instrumento de política. Esa cuestión de que el derecho sirve como instrumento político es el tema que conecta al lawfare en todas las circunstancias y en todas las situaciones en las que podemos usar el término en América del Sur”. Y agregó: “Sea en Argentina, Brasil o Bolivia, cuando uno escucha la expresión lawfare tiene en cuenta que es un uso político del derecho como una circunstancia no positiva, sino como una guerra contra alguien, un adversario político, que tiene como circunstancia el hecho de que el derecho no sirve más como garantía sino como instrumento de pérdida de garantías”.
En cuanto al uso del concepto en Brasil, explicó: “Cuando en Brasil hablamos de lawfare, hay una necesidad de pensar en ese instrumento no solo como el uso del derecho regular, sino como una progresiva pérdida de derechos y, en especial, de garantías de derechos humanos y derechos fundamentales en materia procesal penal y no solo procesal penal en el sentido judicial, sino también en las circunstancias en las que se usa el derecho punitivo contra los políticos o contra aquellos que están regularmente en sus puestos políticos”.
En este marco, profundizó: “En general, al hablar de lawfare las personas de Latinoamérica siempre van a pensar en el uso delos instrumentos de derecho para violar derechos con el objetivo de eliminar el adversario político”. Sin embargo, añadió que a esta concepción se le suma “el discurso público en los medios de que esta violación de derechos es legítima porque se está eliminando a alguien que es malo para la sociedad, es un ‘chorro’, hay corrupción, es un mal político; ese discurso es el discurso que va a los medios y por destrás de ese discurso está la violación general de las garantías de los acusados, sean garantías procesales penales o políticas”.
Seguidamente, se refirió al rol del ministerio público en Brasil y a su vinculación con el concepto del lawfare. En primer lugar, indicó que el rol de este ministerio es muy distinto al rol del ministerio público argentino. “Históricamente, el ministerio público fue parte del poder judicial y era el titular de la acción penal. En la dictadura, el ministerio público fue titular de acción penal, pero formó parte del poder ejecutivo. Esto cambia radicalmente en la constitución de 1988 para crear un ministerio público independiente y autónomo de los poderes y ese ministerio público, que deja de ser el abogado del estado gana una función más, que para ustedes, en los otros países sudamericanos, es lo que hacen las defensorías del pueblo”, especificó y contó : “Los miembros del ministerio público en Brasil no son elegidos en última instancia por el jefe del poder ejecutivo. No es como sucede en Argentina que hay concursos, salen ternas y de esas ternas el jefe del poder ejecutivo elige incluso a los fiscales inferiores. En Brasil todos los fiscales acceden a los puestos por concursos públicos hechos por ellos mismos. Entonces, el ministerio público aunque no sea un poder, es una institución muy poderosa en Brasil”. En este contexto, advirtió que “el ministerio público al despegarse de los poderes y elegir a sus integrantes por su cuenta, empieza un discurso de que tienen la titularidad y el dominio del derecho”. En este contexto, la institución comenzó a tener institucionalmente el poder de decir quién es el bueno y quién es el malo en materia de derecho penal.
Por otro lado, comentó que “la discusión sobre la pérdida de derechos empieza con el impeachment de Dilma en el año 2016. Dilma recibe una acusación de crimen de responsabilidad, dado que en Brasil el juicio político no es por mal desempeño sino por cometer un crimen tipificado en la ley y el senado va a reconocer si hubo o no un crimen entonces hay un componente político en la discusión sobre qué es un crimen”. En esta línea, subrayó: “Esto por sí solo es bastante propicio al lawfare: un poder político va a decir ‘aquella mujer que está en la presidencia es una criminal, violó la ley de los crímenes de responsabilidad y, por lo tanto, tiene que quitarse del puesto de presidente’. Es el discurso del derecho penal para quitar a alguien de su actividad política-electoral y eso no lo realiza la justicia, sino el poder legislativo. Al mismo tiempo, comienza la operación Lava Jato, una operación hecha desde el Ministerio Público Federal”. Y reflexionó: “Por lo tanto, el epicentro del lawfer en Brasil no está en el poder judicial exactamente en Brasil, sino en ese discurso que viene de la fiscalía”.