III Seminario sobre temas polémicos de Derecho Constitucional “Germán J. Bidart Campos”. ¿Qué significa democratizar la justicia?
En el marco del III Seminario sobre temas polémicos de Derecho Constitucional “Germán J. Bidart Campos”, se realizó el 23 de abril en el Salón Rojo de esta Facultad la jornada “¿Qué significa democratizar la justicia?”. El primer panel estuvo integrado por los Dres. Alejandro Slokar, Roberto Gargarella y Andrés Gil Domínguez; el segundo, por los Dres. Alberto Fernández, Martín Ocampo y María Angélica Gelli.
Derecho al Día estuvo presente durante el desarrollo del primer panel que comenzó con las palabras del Dr. Roberto Gargarella, quien subrayó la necesidad de discusión, no sólo entre los técnicos en la materia, sino en toda la sociedad, al ponerse en juego cuestiones básicas sobre la organización institucional y resaltó que desde diferentes perspectivas “todos estamos de acuerdo con que la organización institucional debe ser reorganizada, repensada”. Con respecto a la reforma, el expositor sentenció que “los proyectos tienen dificultades constitucionales obvias (…) No me interesa defender una reforma que choca con el texto de la Constitución”.
Su exposición se centró en un análisis de los proyectos desde el punto de vista “de los que están peor”. Gargarella opinó que la reforma está hecha bajo el título de “democratización de la justicia”, sin embargo, está vacía respecto de iniciativas, sin costo alguno y destinadas a facilitar el acceso de los pobres a los tribunales, facilitar la relación entre pueblo y Constitución, el vínculo entre pueblo y jueces y permitir el diálogo. Entre algunas exitosas alternativas para facilitar el acceso que fueron llevadas a cabo en otros países, el expositor mencionó la reducción de formalidades, la ampliación de la legitimidad, la facilitación de la acción colectiva.
Éstas son “reformas con títulos pomposos para llevar adelante prácticas que son contrarias a esos valores que se invocan”, sostuvo Gargarella. “Montar una nueva Cámara de Casación es una manera de darle más poder a los más poderosos”, continuó.
Con respecto a las limitaciones a las medidas cautelares, el expositor se preguntó cuál es la necesidad en términos de contribuir con los pobres, ayudar a construir un vínculo entre los ciudadanos y la justicia. Es, en realidad, una manera de protegerse en la guerra del Estado contra Clarín.
Finalmente, Gargarella concluyó que las reformas realizadas sobre las reglas del juego democrático deben ser analizadas con una presunción de invalidez.
El segundo expositor fue el Dr. Andrés Gil Domínguez quien, para comenzar su disertación, expuso que la democratización de la justicia es un significante que nos atrapa a todos, la cuestión es cómo se concreta en una mejora en el funcionamiento, en el acceso y en un proceso más célere. Con respecto al ingreso igualitario propuesto por la reforma para mejorar la idoneidad de los operadores judiciales, el proyecto establece un mecanismo en el cual aquellos que obtengan entre 60 y 100 puntos van a un sorteo para ingresar en las vacantes que se generen, es decir, “lo que decide la idoneidad es el azar”.
Irónicamente, el expositor sostiene que bajo el nombre de democratización se propone mejorar el acceso a la tutela judicial efectiva, derecho fundamental protegido por la Constitución y que se concreta en las medidas cautelares, prohibiendo las medidas innovadoras y auto-satisfactorias que fueron la principal fuente de protección en la época de corralito. Con respecto al efecto suspensivo de las cautelares en el proceso de apelación, Domínguez mencionó que no es una técnica nueva sino que ya fue utilizada por Onganía, recreada por Cavallo y fortalecida por Duhalde para defender al Estado en detrimento de los derechos de las personas. Además, explicó que el proyecto impone un plazo de duración de las medidas establecido a priori de forma universal y general, cuando en realidad son los jueces, en el ámbito de evaluación y ponderación de las circunstancias del caso concreto.
Por último, el Dr. Alejandro Slokar manifestó que “la legitimidad del Poder Judicial tiene como fuente la defensa de los derechos y libertades contra los poderes formales y también, desde luego, los privados, en el ejercicio de la protección de los más débiles frente a los más fuertes” y que el actual desprestigio del sistema es, en buena parte, merecido por la insostenible situación de desigualdad que reproduce y profundiza.
El disertante habló de una necesidad de la reforma ya que sólo los jueces revisan las leyes sobre los jueces y definió al sistema como una corporación, un círculo cerrado en el que prevalece una óptica integrista que lo único que hace es defender el privilegio y el conservadurismo. De acuerdo con el expositor, la recuperación del prestigio requiere el establecimiento de algunos mecanismos efectivos y permanentes para el control y fiscalización de lo que el judicial hace, la rendición de cuentas.
Slokar sostuvo, además, que “La reforma entra en el terreno de lo constitucionalmente posible, puede discutirse en términos de valoraciones, gustos y preferencias, pero muchos de los pasajes, yo creo, nada tienen que ver con la confrontación con postulados de ese orden”. La reforma es un paquete variado de medidas cuya espina dorsal es la modificación del Consejo de la Magistratura al aclarar la ingeniería institucional con la instauración del concurso.
Finalmente, se refirió a las Cámaras de Casación y sostuvo que posibilitan la descongestión de la Corte para que pueda dedicarse exclusivamente a cuestiones constitucionales, funcionando como una suerte de Tribunal Constitucional Federal.
A continuación, se dio inicio al debate y comenzaron las exposiciones del segundo panel integrado por los Dres. Alberto Fernández, Martín Ocampo y María Angélica Gelli.
“La legitimidad del Poder Judicial tiene como fuente la defensa de los derechos y libertades contra los poderes formales y también, desde luego, los privados, en el ejercicio de la protección de los más débiles frente a los más fuertes”, sostuvo el Dr. Alejandro Slokar.