III Jornadas para Jóvenes Investigadores del Holocausto
Con la organización de la Cátedra libre sobre Holocausto, Genocidio y Lucha contra la Discriminación, y la colaboración del Centro para el Estudio y la Investigación del Holocausto (CEIH), el pasado 19 de abril en el Salón Azul de la Facultad de Derecho se celebraron las III Jornadas para Jóvenes Investigadores del Holocausto para mantener vivo el recuerdo de la Shoá y que aquellas atrocidades no se repitan. Actuó como coordinador Fernando Susini.
En primer término, el Profesor Titular de la Cátedra Libre sobre Holocausto, Genocidio y Lucha contra la Discriminación, Dr. Gregorio Flax, destacó como importante valor la convivencia en la universalidad y que las redes de contención puedan reconocer al otro como un igual. Estimó fundamental generar espacios en distintos ámbitos para difundir y conocer lo que significó el Holocausto en su momento, pero señaló que la pregunta debe hacerse desde el presente.
Posteriormente, Alejandro Di Meglio hizo mención a jurisprudencia emanada por la Corte Suprema de Estados Unidos de 1927. “A partir de este fallo, Estados Unidos se transforma en el primer Estado del mundo que encara programadamente una política de castración forzada con supuestos fines eugenésicos”, expresó. Señaló entonces la redacción brutal del fallo y luego, aportó otro que fue la bisagra inversa.
Más adelante, Daiana Piechotka abordó el genocidio de Ruanda. A tal fin, brindó una definición de genocidio a la luz de los tratados Internacional como el intento de eliminar total o parcialmente un grupo humano. Sin embargo, explicó que el genocidio político no está incluido en esta conceptualización. En consecuencia, indicó que no es correcto considerarlo como crimen de lesa humanidad porque el tipo penal excluye el genocidio político.
Por su parte, Lucía Rozenberg desarrolló una perspectiva en las Universidades en la época de República de Weimar, como preparación del genocidio a principios del siglo XX. En este orden de ideas, destacó el éxito contundente del nacionalsocialismo en la vida universitaria.
Posteriormente, Luciana Soledad Acosta combinó arte con Derecho, resultando su exposición en un análisis del frontalismo en la legislación nazi. Precisó entonces que durante la dictadura, se ejerció el poder punitivo de dos formas, lo que implicó un desdoblamiento del sistema penal: un sistema penal paralelo, compuesto por Tribunales especiales; y un sistema penal subterráneo que se caracterizó por desapariciones, torturas y ejecuciones policiales individuales y masivas, sin sustento legal, conocido como “la solución final”.
A continuación, José María Lazo señaló las transformaciones en el constitucionalismo a partir del nazismo. En tal sentido, realizó un estudio sobre el control de constitucionalidad a la luz de lo que significó el Holocausto en la historia moderna. Comentó además que la Constitución austriaca y la checa se atribuyen como idea de Hans Kelsen, quien introdujo el Tribunal Constitucional, el cual controlaba los actos legislativos que estuvieran por fuera de las pautas de la Constitución y los reglamentos del Poder Ejecutivo. Mencionó además que la Constitución de Weimar tomó algunos elementos, pero adoptó un control difuso de constitucionalidad. También se refirió a Carl Schimtt, quien en 1928 escribió “Teoría de la Constitución”, obra en la cual sentó las pautas básicas para una crítica del sistema kelseniano del control de Constitución por parte de los jueces. “Lo que pasó desde el Holocausto ha traído críticas y debates en cuanto a la función que deben cumplir los jueces”, concluyó.
Acto seguido, Jonathan Spolansky realizó una articulación entre modernidad y Shoá, en virtud de una investigación que está realizando para un proyecto de la Facultad de Derecho a fin de determinar estrategias de prevención a futuros genocidios. Así, indicó que las primeras representaciones de la Shoá a su finalización fue Tesis de la demonización, por la cual los perpetradores eran vistos como monstruos irracionales y que luego fueron evolucionando hacia otro tipo de teorías, como la incomparabilidad del Holocausto con otros genocidios. En trabajos posteriores, se aseguró que la Shoá fue llevada a cabo por sujetos que no poseían psicopatía alguna. Hizo alusión entonces al sociólogo norteamericano Leo Alexander, quien en su obra “Las técnicas de neutralización” consideró que la burocracia nazi elaboró una serie de justificaciones que tendieron a ampliar las causales de exculpación de sus propios integrantes, reflejada en la insistencia del perpetrador en que no actuaba por venganza, sino en cumplimiento de su deber. “El factor común de estas técnicas de neutralización queda reunido en lo que describió Hannah Arendt como “La banalidad del mal”, esto significa que la falta de reflexión de los perpetradores sobre sus propios actos hizo posible que se haya llevado a cabo el genocidio”, finalizó el expositor.
“Lo que pasó desde el Holocausto ha traído críticas y debates en cuanto a la función que deben cumplir los jueces”, indicó José María Lazo.