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Año XIX - Edición 340 09 de julio de 2020

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Funci髇 social de la propiedad: una aproximaci髇 hist髍ica

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El pasado 29 de mayo tuvo lugar la actividad "Función social de la propiedad: una aproximación histórica". El expositor fue Agustín Parise (Universidad de Maastricht, Holanda) y el coordinador Ezequiel Abásolo. Organizaron el Departamento de Ciencias Sociales (Derecho/UBA), Departamento de Posgrado (Derecho/UBA), Maastricht University.

En primer lugar, sostuvo que una mirada al derecho de propiedad evidencia que esta área del derecho dista de encontrarse estática. “La interacción de actores y cosas genera cambios de paradigma de propiedad. Una aproximación histórica puede ayudarnos a entender la realidad que tenemos hoy”, indicó y agregó que “podemos determinar en qué medida América Latina compartió la evolución de los paradigmas de propiedad”.

La presentación se estructuró en cuatro momentos. Para comenzar, explicó qué es un paradigma de propiedad. Luego introdujo muy brevemente el paradigma liberal para poder contextualizar la parte central de la presentación. A continuación, comentó sobre los orígenes de la función social tanto en Europa como en América. Finalmente, se refirió a la recepción de ese paradigma de la función social en Argentina y en Chile, con especial atención a la recepción en las constituciones, en los códigos civiles y en la legislación especial.

El expositor señaló que, dentro del campo del derecho, los paradigmas permiten estudiar cómo en un periodo de tiempo y en un lugar determinado los sistemas legales se ven afectados por la interacción social: “Los paradigmas de propiedad son el modo abstracto de entender lo que constituye el derecho de propiedad y lo que ese derecho acarrea. Una herramienta para evaluar las condiciones de derecho de propiedad y el modo en que los actores perciben a la sociedad y motivan cambios en el derecho”.

En relación con el paradigma liberal, aludió al Código Napoleónico y al artículo 544. “Ese texto sirvió como un modelo emblemático del nuevo paradigma y de la propiedad entendida como algo exclusivo, perpetuo y absoluto”, expresó.

El derecho privado, así como otras áreas del derecho, experimentaron un proceso socializador durante el período 1890-1930. En ese contexto el paradigma liberal comenzó a decaer porque ofrecía pocas limitaciones a ese derecho. En parte este fenómeno se asoció a los cambios producidos en las estructuras sociales y económicas a causa de la migración masiva a las ciudades resultado de la Revolución Industrial. “El cambio se sintió también por los movimientos revolucionarios de 1848 y con los escritos de entre otros de Proudhon, Marx y Comte. Las normas debían reflejar la realidad social, el derecho debía ser reflejo de esa realidad. Y los defensores del nuevo paradigma empezaron a surgir en Europa”, afirmó.

No obstante, destacó la figura de Léon Duguit como paladín de la función social. “Proclamó que la propiedad no acarreaba una función social, sostuvo que la propiedad era una función social. La propiedad debía destinarse al interés colectivo, si bien claramente él se oponía a la lucha de clases”. Y añadió que “los propietarios podían disponer de las cosas en la medida que cumplieran con una función social”.

En la misma línea argumental, puntualizó que los propietarios tenían tres obligaciones: no abandonar las cosas o dejarse sin uso, disfrutar de las cosas mientras satisfacían necesidades colectivas e individuales y permitir el uso de las cosas para satisfacer un interés social.

Seguidamente, se concentró en la recepción del paradigma de la función social de la propiedad privada en las constituciones, los códigos civiles y la legislación especial. “Las nuevas ideas fueron bienvenidas inicialmente en la Constitución mexicana de 1917 y luego en la Constitución de Weimar de 19119. Es decir, primero en América Latina y luego en el continente europeo. Esas dos constituciones incluyeron referencias a la responsabilidad que se derivaba de la propiedad. El texto mexicano ayudó a que los postulados de Duguit fueran rápidamente acogidos por las constituciones de Europa y América Latina”, subrayó.

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