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Año XVII - Edición 311 18 de octubre de 2018

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El proceso penal perdido. Entre fines preventivos, justicia negociada criminales arrepentidos

  • Notas

En la Sala Vélez Sarsfield, el pasado 13 de septiembre se realizó la actividad "El proceso penal perdido. Entre fines preventivos, justicia negociada y criminales arrepentidos", organizada por el Departamento de Derecho Penal y Criminología.

En este marco, brindó su aporte Luca Marafioti (catedrático de Derecho Procesal Penal de la Universidad de Roma III), quien fue presentado por el profesor Daniel Pastor.

Al comienzo, el expositor indicó que “el proceso penal debe tener una dimensión garantista, porque un proceso penal sin garantías es nada, es la negación total del proceso”. Y añadió que “la sociedad pone demasiadas preguntas al proceso penal que no puede contestar. Y este se resuelve en un riesgo permanente para las garantías. Todas esas preguntas que se ponen al proceso penal ejercen una dimensión antigarantista sobre el proceso”.

En esa misma línea argumental, planteó que “tradicionalmente, los profesores de Derecho Penal y Derecho Procesal Penal siempre han tratado de separar el Derecho Penal sustantivo del Derecho Procesal Penal. El Derecho Penal está muy influenciado para las dimensiones de la pena mientras el proceso penal está inmune en contra de la dimensión preventiva de la pena”.

Por otro lado, afirmó que en el proceso penal no se discute de pena, hay presunción de inocencia, hay solo garantías. No obstante, sostuvo que cuando surgió el proceso mixto, el intento de mantener diferenciadas estas dos áreas se tornó complejo porque hay dimensiones de la pena que influencian el proceso penal, del mismo modo que la pena es influenciada por la realidad del proceso. “Es inútil hablar de pena, efectividad de la pena, realidad de la pena sin pensar que el tema responsabilidad y pena se construyen en el proceso. La idea de que el proceso penal no está influenciado para temas preventivos, que en el proceso penal solo se discute de pena de inocencia o culpabilidad, es un mito”, aseguró.

Asimismo, expresó que “hay dimensiones preventivas que son típicas de la pena que influencian muchos momentos esenciales del proceso penal”. Y agregó que “ya la imputación, que sería resultado típicamente de un tema penalístico sustancial, influye en cómo el fiscal ejerce su actividad. Ahí ya pueden faltar garantías porque el hecho es un hecho no claro, es un hecho en el que se pone una responsabilidad sin tipicidad y legalidad”.

Luego se dedicó a describir la dimensión antigarantista: “Siempre se dice que el imputado debe ser tratado como inocente durante todo el proceso y la dimensión de la pena no tiene que ver con su presunción de inocencia. Quiere decir que no se debe tratar nunca de manera desfavorable un imputado que no quiere colaborar con el proceso”.

Para finalizar, destacó que “investigar lo que pasa en la práctica no es un tema de crítica, es un tema de comprensión del fenómeno de la intersección de la dimensión antigarantista y la dimensión preventiva del proceso penal”.