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Año XX - Edición 356 10 de junio de 2021

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El parlamento italiano

  • Notas

El pasado 26 de mayo de 2021 la cátedra de Derecho constitucional del profesor Raúl Gustavo Ferreyra organizó charla "El parlamento italiano", a cargo de Celeste Chiariello (Università Telematica Pegaso, Italia). La presentación estuvo a cargo de Francisco Balbín y Diego Dolabjian.

Para comenzar y con el objetivo de contextualizar, la expositora relató parte de la historia de Italia. Primero, mencionó la entrada en vigencia de la Constitución italiana en 1948, luego de ponerle fin a la monarquía y decidir tomar la forma republicana de gobierno en 1946. La expositora explicó que este nuevo texto de la Constitución “necesitaba ser un texto que evitara regresar a un régimen totalitario, como el fascismo”. Por este motivo los constituyentes optaron por la forma parlamentaria bicameral. Continuó comentado que “el bicameralismo perfecto, es un bicameralismo donde ambas cámaras tienen las mismas funciones. Hay diferencias estructurales, pero las funciones son exactamente las mismas. Las principales funciones son la legislativa y la de dirección y retiro de confianza al gobierno. Naturalmente, un parlamento bicameral es un parlamento que muestra un mal funcionamiento”. Es decir, debido a la lentitud en el proceso legislativo y al poder tanto de las cámaras como de las minorías, hubo distintos proyectos de reforma. La primera en 2005, impulsada por la derecha. La segunda en 2016, impulsada por la izquierda. Sin embargo, ambos intentos fallaron.

Por otro lado, detalló: "El parlamento italiano tiene autonomía reglamentaria. Y cada cámara tiene su propio reglamento que norma la regulación interna y el ejercicio de las funciones reglamentarias". En un principio, estos reglamentos reconocían la centralidad del cuerpo parlamentario, y se basa en el principio de igualdad de los grupos políticos. La crítica a este modelo se basaba en la obstrucción parlamentaria por pequeños grupos, por esto a fines de los ochenta se realizaron distintas enmiendas “destinadas a acentuar el papel del Gobierno y equilibrar las necesidades de la mayoría y la oposición". En este sentido, mencionó: "Una reforma muy importante, introducida en 1988 es la regla de la votación declarada porque hasta ese año la votación era normalmente secreta”. Esto se realizó con el objetivo de que el Gobierno pueda controlar el voto de la mayoría parlamentaria. Además, destacó: "La autonomía regulatoria comporta que las regulaciones parlamentarias no pueden ser examinadas por la Corte constitucional".

En cuanto a los grupos parlamentarios, señaló que "representan la proyección de partidos o movimientos políticos dentro de las Cámaras". Además, en caso de crisis gubernamentales estos grupos son los escuchados por el presidente de la República, ya que "los partidos políticos son asociaciones no reconocidas y no pueden ser consultados formalmente" También, dijo: “Es necesario que cada miembro del parlamento elija su grupo de pertenencia y esta decisión tiene que ser declarada unos días después de la elección misma. Si no eligen un grupo de pertenencia se unen al grupo mixto". Y teniendo en cuenta que el parlamentario debe obedecer las políticas del grupo o cambiar de grupo (movilidad parlamentaria), resaltó que en las últimas elecciones aumentaron más de un 50% estos cambios de grupo en comparación con el período anterior.

Asimismo, mencionó a las comisiones parlamentarias elegidas por los grupos parlamentarios y proporcionales a estos, que pueden ser tanto temporales, permanentes, unicamerales como bicamerales. Así como aludió a las Articulaciones o "Giunte", “están a cargo de tareas muy delicadas relacionadas con el funcionamiento del Parlamento y deben representar a todas las fuerzas políticas presentes en este".

Luego, hizo referencia al funcionamiento del parlamento. Entre los puntos entre los que se enfocó, están: la duración (5 años); el prorrogatio (una vez expiradas las cámaras, para la continuidad funcional del parlamento); la prórroga de la duración del mandato (establecido por ley en caso de guerra); y el voto secreto (únicamente en caso de que la votación concierna a personas físicas o cuando la resolución concierne un derecho constitucional, libertades, derechos familiares y derechos personales). En este sentido, recordó cuáles son las prerrogativas parlamentarias, como la inviolabilidad en materia penal por los votos emitidos en el ejercicio de las funciones parlamentarias o la inmunidad penal. Y destacó que hasta el año 2012 los parlamentarios recibían un subsidio vitalicio por el resto de sus vidas; subsidio abolido en el 2018 para quienes habían dejado el cargo antes del 2012.

Seguidamente, recordó que la membrecía de Italia en la Unión Europea que conlleva 2 requisitos. El primero es "la transposición de las directivas de la Unión Europea en un plazo razonable, para evitar la responsabilidad del Estado por no inducir las directivas en el sistema interno". El segundo es "conocer las directrices europeas sobre temas importantes y proyectos legislativos antes de que sean aprobados por los organismos competentes de la Unión Europea, para poder presentar observaciones".

Para finalizar, contó que en el 2020 se llevó adelante un referéndum constitucional cuyo resultado fue la votación por parte de los ciudadanos italianos (69,96%) a favor de la reducción del número de los parlamentarios por primera vez en la historia italiana. El objetivo es reducir los costos de la política y acelerar el funcionamiento del parlamento en el ejercicio de su función legislativa. Según Celeste Chiariello, "la reducción es drástica porque los diputados pasaran de 630 a 400 y los senadores pasaran de 315 a 200" y entrará en vigencia desde el inicio de la próxima Legislatura. Además, esta reforma deja en claro que los senadores vitalicios (5) no podrán ser elegidos por cada nuevo presidente. Y destacó: “Al no estar incluido en una revisión orgánica y sistemática de la Constitución, corre el riesgo de constituir una mera maniobra demagógica".

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