El juez y el historiador: el problema de la reconstrucción de los hechos pasados
El pasado 10 de junio se realizó en el Departamento de Derecho Procesal de la Facultad de Derecho una conferencia sobre “El juez y el historiador: el problema de la reconstrucción de los hechos pasados”. Las disertaciones estuvieron a cargo de Alejandro C. Verdaguer, profesor adjunto regular de la asignatura Elementos de Derecho Procesal Civil, y del licenciado en historia, Carlos R. Ferraro.
En primer lugar, Alejandro C. Verdaguer recordó que en materia penal no se puede sostener más el recurso de casación como un recurso de análisis o de revisión del encuadre jurídico del caso, sino que la revisión es amplia y de justificación.
Seguidamente, Carlos R. Ferraro se refirió al esquema de Carlo Ginzburg e hizo mención al paradigma indiciario, el cual está basado en aquel cazador que sigue indicios y que va armando la presa en base al rastro. Así, identificó a Ginzburg como partícipe de una corriente denominada ‘La microhistoria’, debido a que se toman casos individuales para poder analizar y ver la totalidad. “Ginzburg destaca que estos métodos son propios de las Ciencias Humanas. Para ellas, es el método indiciario quizás el que mejor se ajusta para su desarrollo”, sintetizó. Seguidamente, mencionó a uno de los primeros trabajos del historiador: los juicios de inquisición en la región del norte de Italia en 1519. De este modo, examinó un proceso contra una campesina, acusada de brujería, que al ser amenazada con ser expulsada de su tierra, lanza un maleficio sobre su ama. En el proceso, la campesina reconoce tener poderes, pero que estos poderes provienen de los pedidos que realiza a Dios. En una segunda declaración, ella menciona que recibe la visita de la virgen. El juez no acepta las respuestas de la campesina por lo que le repregunta y propone atributos permanentemente ambiguos, a los que siempre les da una denotación negativa. “En la forma de preguntar que tiene el inquisidor la respuesta está implícita. Donde la campesina dice ver a la virgen, el inquisidor ve al diablo, o sea, que los dos están viendo representaciones distintas”, dijo. Una vez que pasa por el proceso de tortura, la campesina se retracta y comienza a hablar del diablo, en otros términos, la procesada va moldeando el discurso a lo que le van pidiendo. Consecuentemente, diferenció dos tipos de universo en esa sociedad: la cultura erudita (la del inquisidor) y la cultura popular (la de la campesina). “Pero tanto la cultura erudita, como la cultura popular están creyendo en la existencia de la brujería. En eso coinciden y conviven. Hay una visión común de la realidad en esa sociedad. El demonio y los espíritus son parte de un universo cotidiano”, opinó.
Posteriormente, tomó nuevamente la palabra Alejandro C. Verdaguer, quien hizo mención a un trabajo de Muñoz Sabaté sobre el pensamiento de Holmes, es decir, compara el pensamiento de Holmes con lo que hace un abogado. “Usando el personaje de Holmes, Muñoz Sabaté nos habla de las inferencias que hace un juez”, entendió. Agregó que Muñoz Sabaté también destaca el tema de la medicina, debido a que el personaje de Holmes está basado en un médico de Edimburgo que era famoso en el arte de diagnóstico y, además, Watson, su fiel compañero, también es médico. En cuanto al síntoma y al indicio, señaló que tiene el mismo significado, en cuanto a que los médicos hablan de síntoma y los abogados de indicios. “Me pareció interesante como toda la investigación tiene un trabajo positivo, aun cuando dé negativo, porque nos ayuda a descartar hipótesis”, manifestó. En tal sentido, Holmes plantea que los indicios no son unidireccionales, es decir, hay media docena de teorías que encajan con los hechos. “Esta idea de que el indicio no sea unidireccional pone el acento en la importancia del juez en la construcción de la historia. Si un juez va preguntando es porque ya tiene prearmado para donde va a ir, cuando me parece que el juez debe primero resolver por cuál de las dos historias que le presentan se va a inclinar”, expresó. Asimismo, diferenció a los indicios de la construcción para una sentencia, es decir que no cualquier historia es suficiente como para pasar a un tribunal, debido a que este tiene recaudos formales y no puede incorporarse cualquier prueba. “No siempre una construcción indiciaria sirve para condenar”, concluyó.
“Esta idea de que el indicio no sea unidireccional pone el acento en la importancia del juez en la construcción de la historia (...)”, expresó Alejandro C. Verdaguer.