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Año XIV - Edición 245 09 de abril de 2015

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El Constitucionalismo en Europa, entre las guerras mundiales

  • Notas

El 26 de marzo se realizó en el Aula 365 una conferencia a cargo de Carlos Petit, de la Universidad de Huelva, España, quien expuso sobre el constitucionalismo europeo entre las guerras mundiales. La actividad fue organizada por el Departamento de Ciencias Sociales.

El Director del Departamento de Ciencias Sociales, Ricardo Rabinovich-Berkman, pronunció unas palabras introductorias. “La historia jurídica, en esa amplitud impresionante que tiene, funciona, para aquel que le gustan las cuestiones que tienen con el pasado jurídico, como una oportunidad de viajar en el tiempo”, afirmó. “También, para el que no se dedica especialmente a la historia del Derecho, el abordaje histórico-jurídico nos abre necesariamente la cabeza, porque nos da herramientas de pensamiento crítico”. En este sentido, Rabinovich-Berkman consideró que no existe universidad sin formación del pensamiento crítico, sin formación en la investigación y sin desarrollo de la creatividad por parte de los juristas.

Seguidamente, la coordinadora del evento, María Rosa Pugliese,analizó que Petit es un gran conocedor de la historia del Derecho y que últimamente se ha dedicado a los estudios sobre el derecho mercantil, que tienen un lugar estratégico en España.

Acto seguido, Carlos Petit resaltó la capacidad que tiene el jurista para identificar líneas, dar sentido y ofrecer el contexto de las formas jurídicas, de las normas y las ideas. Seguidamente, expresó que una de las piezas que pueden ayudar a reconstruir el contexto de las ideas y formas jurídicas de la Europa del período del primer texto del siglo XX, puede encontrarse en un documento extraordinario en la voz de un testigo de los cambios profundos que tienen lugar en la Europa de finales del siglo XIX al siglo XX. “Me refiero a Stefan Zweig, gran escritor y divulgador austríaco", explicó. Petit manifestó que una de las últimas obras de Zweig es un libro de memorias. En este sentido, entendió que una de las grandes claves para comprender lo que son las ideas y las experiencias jurídicas en ese arco en el que trascurre la vida de Zweig (1881-1942) se encuentra en sus memorias. Luego, el expositor entendió que “en el fondo, el panorama de nuestras actuales constituciones nace después de la Primera Guerra Mundial, aunque es un proceso de discontinuidad”. El orador agregó que es interesante observar que el arranque revolucionario en Europa de la experiencia liberal se diluye a lo largo del siglo XIX. “Las famosas revoluciones de 1848 no crearon una nueva cultura constitucional. Fue un fogonazo de ideas que solamente tendrían sentido a partir de los años posteriores al nacimiento de Stefan Zweig”, expresó. Además, adhirió a la idea de que la descripción inicial del Estado liberal como un mundo ordenado y seguro es bastante acertada, aunque es un mundo que en su capa de seguridad esconde algunas paradojas: un juego muy equívoco entre lo moderno y lo antiguo; la tensión entre lo general y lo particular en el derecho, y la tercera paradoja se vincula con que si la revolución de finales del siglo XVIII comporta un enunciado y una cultura de las libertades, la propia palabra de la libertad se trata de un concepto ambiguo. “Puede justificar, por ejemplo, la independencia de una madre patria tiránica (…) pero también de los propios individuos entre sí. Cultura de libertades individuales, que con independencia del papel que debe juzgar la ley para definir tales libertades, es perfectamente compatible con una situación tan odiosa como puede ser la esclavitud”, desarrolló. El expositor prosiguió diciendo que este orden tranquilo y seguro comienza a resquebrajarse ante la aparición de las masas. “La aparición de las masas como un nuevo sujeto político que rompe ese pacífico orden de notables del estado liberal significa un nuevo orden de saberes”, opinó. La aparición de las masas en la esfera pública, asimismo, genera el surgimiento de la cuestión de la democracia. Trae consigo también otra cuestión, un invento alemán subsiguiente al reconocimiento del sufragio universal masculino como es el partido político. Estas palabras, democracia o partido, a lo largo del siglo XIX eran connotadas negativamente. En cambio ahora se enuncian y usan en términos positivos. Entretanto, hizo referencia a que las masas provocan el descubrimiento de nuevos derechos. En ese sentido, indicó que una de las características básicas de esas constituciones es la amplitud en la esfera de los derechos. También se refirió a expresiones de estas constituciones que se refieren a que el poder soberano está en manos del pueblo. “Son expresiones que nos pueden parecer tan banales que olvidamos la envergadura histórica que alguna vez tuvieron”, remarcó.