El alcance de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales en el plano de las Observaciones Generales
Organizada por la cátedra de Derechos Humanos y Garantías de la Profesora Titular Consulta Susana Albanese, el 24 de septiembre se llevó a cabo en el Salón Azul de la Facultad la jornada sobre "El alcance de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales en el plano de las Observaciones Generales". El acto de apertura estuvo a cargo de las Dras. Susana Albanese y Adelina Loianno y contó con la conferencia inaugural del Dr. José Miguel Onaindia.
En primer término, la Dra. Adelina Loianno resaltó la importancia y trascendencia, en el ámbito normativo y práctico de los derechos humanos, del alcance de las observaciones generales del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. De esta manera, presentó el programa el cual intentó abarcar, de manera resumida, el desarrollo que han tenido los derechos sociales a través de la actividad del Comité en sus pronunciamientos, cuya incidencia en el acrecentamiento y desarrollo progresivo de los derechos humanos es evidente e inevitable.
Por su parte, la Dra. Susana Albanese mencionó que el 5 de mayo de este año entró en vigencia un nuevo documento del que Argentina es parte: el Protocolo Facultativo al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. “Este documento viene a, de alguna manera, aumentar el control o la fiscalización internacional en la materia”, explicó, y es un documento importante porque atraviesa todas las observaciones generales y les da más trascendencia a ellas porque, al interpretar las normas del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, brinda la posibilidad de aplicar esa interpretación en aras de evitar que las personas acudan a los órganos internacionales para denunciar derechos, desde el momento en que en el ámbito interno no se cumplieron las pautas establecidas.
A continuación, el Dr. José Miguel Onaindia expresó que los derechos culturales son indispensables para interpretar e integrar los derechos políticos y los derechos económicos; y que “en la actualidad, la calidad de un sistema democrático se mide por la mayor extensión y la mayor posibilidad de participación de los habitantes de la comunidad en los bienes culturales y en las actividades culturales de esa comunidad”.
Refiriéndose a los nuevos avances tecnológicos, comentó que la civilización se encuentra en un momento donde existe una posibilidad de participación y de goce y disfrute del patrimonio simbólico de la humanidad que antes era inexistente; por lo tanto, la visión que tenemos de los derechos culturales y la regulación que los Estados hacen para el ejercicio de esos derechos no puede escapar a este fenómeno. Hoy, los instrumentos que tiene el hombre para crear bienes culturales, para sumarse a la actividad creativa, para acceder a los bienes culturales del pasado y de la contemporaneidad, al ser muchísimo más accesibles para grandes cantidades de población, los parámetros de regulación jurídica deben ser otros. “Creo que en esto las observaciones generales son muy importantes porque dan pie a una posibilidad de modificación de las legislaciones internas de los Estados y, fundamentalmente, son una fuente de interpretación que está dirigida no solamente a los órganos jurisdiccionales, sino también a las legislaturas y a los Estados. Gracias a esta elaboración que hace el Comité, los legisladores de los distintos Estados que han adherido al Pacto y que lo han incorporado como parte de sus normas fundamentales, tienen guías para adaptar sus legislaciones a estos nuevos requerimientos”, explicó Onaindia
Hizo hincapié en la integración mundial, la cercanía de las relaciones, los elementos culturales comunes, las nuevas condiciones de creación, producción y de difusión cultural que crean nuevos derechos, como el derecho de acceso a Internet.
“Todo régimen y sistema político se expresa a través de símbolos culturales, y la posición que tiene el Estado frente a la cultura y a las relaciones con los derechos culturales y con la creación artística y científica determina también cuál es su base ideológica y cuál es su grado de adhesión a los principios del sistema democrático y constitucional”, expresó.
Con respecto a los art. 13, 14 y 15 del Pacto y a sus observaciones generales, analizó, en primer lugar, la íntima relación necesaria entre la educación y la cultura, ya que los valores culturales se transmiten fundamentalmente a través del sistema educativo. En materia de educación, es muy importante destacar la necesidad de que los Estados aseguren el acceso a una educación que no debe ser absolutamente neutra sino referida a la transmisión de los valores que implica el sistema de los derechos humanos. Aparece también como una necesidad la gratuidad y obligatoriedad de la enseñanza primaria como una pauta básica del cumplimiento del Pacto y de la organización social democrática. Argentina tiene en este punto un pasado llamativo e importante porque impuso la enseñanza gratuita, laica, obligatoria, igual y universal en épocas donde no existían estas normas internacionales. “Tenemos una tradición, no tan bien cumplida en el presente como en el pasado histórico, respecto de la enseñanza gratuita y obligatoria que los reformadores de 1994 llevaron al rango constitucional pero que tuvo vigencia clara desde la Ley 1.420 y que entró en crisis en épocas posteriores, pero que forjó, indudablemente, las características de un Estado con singularidad cultural frente al resto de los países del mundo”, opinó el expositor.
“En la actualidad, la calidad de un sistema democrático se mide por la mayor extensión y la mayor posibilidad de participación de los habitantes de la comunidad en los bienes culturales y en las actividades culturales de esa comunidad”, expresó el Dr. José Miguel Onaindia.