¡Seguinos!

Año XI - Edición 189 22 de marzo de 2012

Buscar

Declaración de Honestidad Académica

  • Notas

El 15 de febrero último se organizó en el Aula Magna de esta Facultad un encuentro cuyo propósito ha sido recibir a los nuevos estudiantes a la vida académica de esta Casa como así también presentar e intercambiar ideas sobre la Declaración de Honestidad Académica que todos los estudiantes han debido aceptar en forma previa a su inscripción en la carrera desde este año 2012. El fundamento de la declaración reside en el hecho de que “En Derecho le reconocemos a cada uno lo suyo. El trabajo intelectual tiene valor y debemos hacerlo valer”.

Con base en una propuesta del Decanato, el Consejo Directivo aprobó por Resolución CD Nº 1298/11 la “Declaración de Honestidad Académica” que establece pautas de integridad académica, dirigidas a orientar a los estudiantes de grado y de posgrado.

En la charla, la Dra. Silvia Nonna, Secretaria Académica de la Facultad, comentó también que la Decana, Dra. Mónica Pinto, en 2011 designó los integrantes de los tres claustros de la Comisión creada por Res. CD 11358/98 para el seguimiento y evaluación de la gestión docente. La Comisión propuso un Formulario de Encuesta de evaluación docente sobre el cual se organizó un sistema informático que permitió a los alumnos llenar tantos formularios como materias en las que se hubiesen inscripto el cuatrimestre anterior en forma previa a su inscripción para el primer cuatrimestre de 2012 vía Internet. Los resultados de las encuestas se vuelcan directamente a una base de datos que permite hacer un seguimiento de la calidad académica con datos completos y actualizados.

Asimismo, en cuanto a la Declaración de Honestidad Académica, manifestó que “fue aprobada por una resolución del Consejo Directivo de esta Facultad y establece ciertas pautas orientadoras tanto para los alumnos de grado como para los de posgrado. Comentó también que todos los estudiantes de grado que se inscribieron en este primer cuatrimestre de 2012, han aceptado estas pautas. Para el caso de los que se inscriben vía Internet la Declaración era la última pantalla en el proceso y debían aceptarla para finalizar la inscripción. En el caso de ingresantes, al momento de inscribirse firmaron la aceptación en papel.

Explicó que, con definiciones muy sencillas, la declaración trae punteadas ciertas acciones y cuestiones se consideran deshonestas a nivel académico. Así, quedan comprendidos dentro de este documento el plagio, el auto plagio, la presentación de trabajos de terceros como propios, engaño y falsificación de trabajo.

La Dra. Nonna introdujo el tema del derecho de autor, comentando que se planificarán talleres informativos sobre la temática con especialistas en el tema. Recalcó que cumplir con las pautas de la declaración no sólo representa una obligación para los que la aceptaron sino también una garantía de respeto y de los derechos de cada uno.

Por su parte, el Dr. Emiliano Buis, Profesor Adjunto de la Facultad y coordinador de la Secretaría de Investigación, expresó: “ustedes saben que tradicionalmente la Facultad es vista por actores que, de alguna manera, son externos como una Facultad muy profesionalista, una Facultad […] en la que el estudiante es percibido como una persona que viene, que se sienta con muy buena memoria, estudia Códigos y normas jurídicas y luego las repite”. Frente a ello, se intenta promover la reflexión crítica del derecho a fin de que el espíritu de esta Casa no se estanque en la sola generación de operadores jurídicos que sean expertos en la práctica del derecho sino que dicho espíritu se extienda hasta alcanzar la formación de verdaderos juristas que reflexionen en torno al derecho, sus características y la necesidad del cambio. En este sentido, existen en la actualidad diversos programas que otorgan puntos del Ciclo Profesional Orientado (CPO) por actividades de los estudiantes vinculados con la investigación.

Los alumnos interesados en los proyectos de investigación actuales, los programas destinados al estudiante y las convocatorias vigentes puede obtener más información ingresando a http://www.derecho.uba.ar/investigacion/index.php

DECLARACIÓN

La comunidad académica de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires se rige por las normas jurídicas en vigor en el país, por las normas especiales de la UBA y por principios de integridad académica que excluyen, por definición, cualquier conducta de apropiación de trabajos o ideas ajenas.
Las siguientes pautas, adoptadas por el Consejo Directivo de la Facultad de Derecho, están dirigidas a orientar a los estudiantes de grado y de posgrado en la ruta de la honestidad académica en las etapas de evaluación que se llevan a cabo en la Facultad.
La deshonestidad académica incluye, aunque no se restringe a:
1. Plagio: omisión de citar o de otro modo reconocer en todo escrito, ensayo, ejercicio, examen escrito, proyecto, trabajo práctico presentado para ser calificado, de ideas, frases u oraciones tomadas de otra fuente como un texto publicado, el trabajo de otra persona, materiales de internet a menos que la autoría resulte obvia en el contexto.
2. Autoplagio: la presentación del mismo trabajo o de partes sustanciales del mismo en más de un ejercicio sujeto a calificación sin el permiso explícito de los profesores concernidos.
3. Presentación de trabajo de otro: Presentación de un trabajo como propio cuando ha sido preparado por otro o encargado a otro.
4. Engañar: dar, recibir, asistir o hacer uso no autorizado de información de cualquier fuente escrita, otra persona, trabajo escrito de otro o cualquier otra fuente durante un examen
5. Falsificación de un trabajo: falsificación o manipulación de información, prueba u otro tipo de material en un examen o trabajo a calificar.
6. Colaboración no permitida: la participación de terceros, calificados o no, en la elaboración del o de los trabajos a ser evaluados.