Cuestiones actuales en torno al aborto. Diálogos entre Alemania y Argentina
Organizada por el Departamento de Derecho Penal y Criminología, el 6 de septiembre se llevó a cabo la charla “Cuestiones actuales en torno al aborto. Diálogos entre Alemania y Argentina”, a cargo de Markus Finn (profesor titular de la cátedra de Derecho Sanitario de la Universidad de Hof, Alemania; profesor encargado de la Universidad de Medicina de Brandeburgo Theodor Fontane y de la Charité, Universitätsmedizin Berlin, Facultad de Medicina y abogado asesor de estudio jurídico especializado en Derecho Médico, Berlín) y Cecilia Hopp (profesora del Departamento de Derecho Penal y exbecaria DAAD y Fulbright).
Markus Finn disertó sobre el sistema del delito del aborto, el conflicto básico que subyace y la solución que estableció el Tribunal Constitucional Federal de Alemania.
En primer lugar, comentó cómo se regula la práctica médica en relación al aborto. “El Código Profesional del Médico, en el artículo 14, dice que los médicos no pueden ser forzados a practicar el aborto o abstenerse de hacerlo”, indicó.
Asimismo, también existe una ley sobre sobre conflictos en el embarazo en la que se establece que ningún profesional de la salud está obligado a realizar una práctica de interrupción del embarazo. “Es importante porque ese artículo no solo se refiere a médicos pero también una enfermera, un enfermero puede tener un conflicto de conciencia. En el párrafo dos es importante la excepción de esta regla. El párrafo uno se explica si hay un delito inevitable de muerte o de daño severo a la salud de la embarazada. Esta es la regulación al respecto del tema de conciencia”, aseguró.
En relación con el conflicto básico, señaló que “por un lado, tenemos la autonomía de la embarazada como el derecho a su cuerpo, a su dignidad, a la vida, son derechos humanos. Y por el otro lado, la protección de la vida de los nonatos. Esta tarea es obligación del Estado porque quién sino el estado puede realizar una protección”.
Luego afirmó que “el problema es que tenemos que encontrar un acuerdo: se llama concordancia práctica, significa que tenemos que intentar encontrar una solución que ambas partes, ambos derechos se realicen, no cien por ciento, por supuesto. Es un equilibrio, es muy difícil encontrar una solución. Es en mi opinión la causa, la base de todas las desilusiones y manifestaciones”.
Finalmente, realizó una breve historización de la legislación en torno a la cuestión del aborto en su país hasta el año 1995 en que el Parlamento alemán, tras la unificación, aprobó la ley que legaliza la interrupción voluntaria del embarazo.