Contribuci髇 del mandato del Relator de ONU sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias al desarrollo de est醤dares de investigaci髇: Protocolo Minnesota
El pasado 25 de noviembre, bajo la organización en conjunto de Naciones Unidas Argentina, el Observatorio de Derecho Internacional Humanitario, el Seminario Permanente Teoría e Historia del Derecho Internacional de la Antigüedad a la actualidad (SEMPITHIDIA) y la Maestría en Relaciones Internacionales, se llevó adelante la actividad "Contribución del mandato del Relator de ONU sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias al desarrollo de estándares de investigación: Protocolo Minnesota". Las palabras de bienvenida estuvieron a cargo de Emiliano J. Buis (Profesor Titular de Derecho Internacional Público y Director del Observatorio de DIH). Valeria Guerra (Docente de Derecho Internacional Público y Asesora en Derechos Humanos de la Oficina del Coordinador Residente de la ONU en Argentina) ofició de moderadora. Participó en calidad de expositor: Sr. Morris Tidball Binz, Relator de la ONU sobre ejecuciones extrajudiciales sumarias o arbitrarias.
Primeramente, Emiliano J. Buis indicó: “En nombre del Observatorio de Derecho Internacional Humanitario, agradecemos al expositor haber aceptado la invitación para acompañarnos a brindar algunas palabras en el marco de su mandato como relator de Naciones Unidas”.
Por consiguiente, Morris Tidball Binz comenzó desarrollando el origen de los estándares de investigación: “Se dieron de la mano de la creación de mecanismos especiales de Naciones Unidas para los derechos humanos, como consecuencia de las graves y extendidas violaciones del derecho internacional de los derechos humanos en nuestra región y las movilizaciones de la sociedad civil frente a las mismas. En este contexto, el secretario de derechos humanos fue muy receptivo a estas demandas y batalló el juego diplomático para la creación”. De esta manera, caracterizó a los estándares como dispositivos que tienen por finalidad evaluar y documentar situaciones de severas vulneraciones a los derechos humanos, junto con la realización de propuestas a los Estados y a la comunidad internacional para llevar adelante procesos de justicia y reparación.
En lo relativo a su labor en el mandato de la ONU, aseveró: “Es un trabajo muy exigente, pero contamos con el apoyo administrativo y logístico de Naciones Unidas a través del Alto Comisionado para los Derechos Humanos”. En tal sentido, citó como tareas la visita a los Estados y la posibilidad de elaborar recomendaciones, guías, estándares, entre otros: “Las visitas son un componente fundamental ya que permiten conocer la situación desde el punto de vista fenomenológico y no sólo documental y testimonial, para luego elaborar un informe que, si bien sus recomendaciones no son vinculantes, son relevantes y tienen un impacto”.
Acto seguido, puntualizó en el Protocolo de Minnesota, un instrumento que tiene por objetivo efectivizar en la práctica los principios de derechos humanos: “Es una herramienta que conjuga tanto una dimensión para los juristas, como una dimensión respecto de la actuación en los procesos de investigación. Fue en la Guerra de los Balcanes en donde se logró comprobar su utilidad y verdadero funcionamiento, a tal punto que ha servido como modelo para otros instrumentos. Nos brinda un marco muy claro y transparente sobre cuáles son las consideraciones que deben prevalecer en toda investigación. La Corte Interamericana posee varias sentencias en donde hace referencia al mismo”.
Finalmente, reseñó el informe temático presentado este año ante el Consejo de Derechos Humanos respecto del estado de situación de los sistemas o servicios médicos, legales o forenses, en todo el mundo, y su rol en la investigación y prevención de muertes arbitrarias: “El propósito fue valorar y reconocer el papel que juegan estos servicios en la protección del derecho a la vida. No obstante, el estudio de más de 60 países, arrojó que en la mayoría de los casos estos servicios no están a la altura de procedimientos médicos y forenses legales, ya sea por falta de recursos, independencia o capacidad de los/as trabajadores/as. Se debe promover una mejora en las prácticas ya que las mismas son insuficientes”.