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Año VII - Edición 130 18 de septiembre de 2008

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Conferencia Regional de la Asociación Internacional de Derecho Penal (AIDP)

  • Notas

Durante los días 3, 4 y 5 de septiembre se celebró en nuestra Facultad la Conferencia Regional de la Asociación Internacional de Derecho Penal (AIPD), actividad organizada por el Grupo Argentino de la AIDP que contó con diferentes disertaciones que giraron en derredor de dos temáticas de gran actualidad en toda la región latinoamericana: “La prisión preventiva como anticipo a la pena” y “La justicia penal en las comunidades originarias de América Latina”.

En el acto de apertura, realizado el 3 de septiembre, estuvieron presentes el Ministro de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, Dr. Ricardo Casal; el Secretario General Adjunto de la AIDP, Dr. Carlos Japiassú; el Presidente del Grupo Argentino de la AIDP, Dr. David Baigún; y el tesorero de la AIDP, Dr. Javier de Luca.

En primer término, el Dr. Ricardo Casal agradeció a los organizadores por la invitación cursada y destacó que el resultado del trabajo por ellos realizado resulta muy útil para obtener una visión actual acerca de la política criminal latinoamericana. Asimismo, reconoció que, dada la elevada tasa de prisión preventiva en la Provincia, “todas las acciones remediables que intentamos van por el buen camino, pero no son suficientes si no enriquecemos con el nivel académico que ustedes pueden aportar”. Por último, estimó que los temas de la agenda atañen a los Derechos Humanos, los cuales deben ser protegidos y asegurados por el Estado.

A su turno, el Dr. Carlos Japiassú presentó la situación actual del sistema penitenciario brasilero. En este sentido, subrayó que, entre los problemas más acuciantes se encuentra la superpoblación carcelaria y la alta proliferación de construcciones de penitenciarías, lo cual, sin resolver la otra cuestión, hace de Brasil un Estado cada vez más penal. A continuación, resaltó que el aumento de la población encarcelada es menos explosivo que el aumento de presos provisorios, cuyo número casi llegó a duplicarse en los últimos cuatro años. Dentro de ese cuadro de situación, explicó que la legislación penal y procesal brasilera ha sido objeto de reformas, algunas de las cuales intentan hacer más severo el ordenamiento, mientras que otras buscan crear alternativas al encarcelamiento en masa.

Seguidamente, deploró el hecho de que el proceso penal brasilero conviva con la dicotomía prisión-libertad, lo que entendió como una causa de la actual hipertrofia en la utilización del recurso de la prisión cautelar, de la cual existen tres modalidades. A una de ellas, la prisión preventiva, le asignó un espíritu inquisitivo y de anticipación de pena. Por otra parte, se refirió a la cautelarización del proceso, fenómeno común al ordenamiento civil y penal. En esta última instancia, destacó que las prisiones cautelares y el hábeas corpus son institutos procesales más importantes que las sentencias y apelaciones. Finalmente, señaló la existencia de un proyecto orientado por la ampliación de número de cautelares, no necesariamente relativas al encarcelamiento, durante el proceso penal con el objetivo de asegurar su regular seguimiento. “Pese a los puntos cuestionados del proyecto, es loable por acreditar que es posible salvaguardar el proceso penal con medidas menos drásticas que la prisión”, concluyó.

Posteriormente, hicieron uso de la palabra destacados académicos del Derecho Penal provenientes de varios países latinoamericanos: David Baigún, Idon Chivi Vargas, Moisés Moreno Hernández, Benigno Rojas Vía, Juarez Tavares y Felipe Villavicencio.

En última instancia, las palabras de cierre estuvieron a cargo del Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Dr. Eugenio Zaffaroni.

“La neutralización de las lesiones en curso y de las amenazas presentes requiere reformulaciones profundas en la elaboración de la doctrina jurídica”, indicó el Dr. Zaffaroni, para luego afirmar que no existe ciencia penal que excluya la dimensión política. Luego, consideró que nuestra región presenta sociedades altamente estratificadas que padecen injusticia social histórica y permanente y que los órdenes jurídicos de todos los países que han sufrido el colonialismo tienen por origen masacres. De esta manera, recalcó que el genocidio colonialista es imprescriptible, no solo penal, sino también civilmente y sostuvo que pretender que el paso del tiempo lo convierta en fuente de derecho resulta aberrante. Sin embargo, aclaró que no se trata de limitar las reparaciones a reclamos internacionales -pues hay deudas internas que deben pagarse con reparaciones internas-, sino de refundar nuestros órdenes jurídicos sobre una base justa y reparadora. “Establecer en la ley el expreso reconocimiento de la justicia comunitaria o indígena no es más que una parte de esta reparación”, puntualizó.

En otro orden de ideas, sostuvo que, en las sociedades occidentales, el sistema penal deviene una forma de administración de los miedos para ejercer el control social, así como también que, cuando él se sale de cauce, se transforma en instrumento del genocidio.

Acto seguido, reafirmó que no existe en el planeta otra región tan amplia, tan habitada en la que una diversidad cultural tan enorme pueda coexistir y comunicarse virtualmente en el mismo idioma como América Latina. Por ello -agregó- es imprescindible dar un primer paso de reconstrucción de nuestro Derecho, refundándolo sobre la base de la reparación interna, replantearlo como un orden que procure la Justicia por la vía de la reparación de masacres cometidas por otros, pero que hay que reparar hoy a las personas que sufren sus consecuencias. En idéntica tesitura, manifestó que ha llegado el momento de reconocer que son superiores las formas tradicionales de solución de conflictos, por ser verdaderas formas de solución de conflictos y no meros actos de ejercicio vertical de autoridad. “Ello servirá para reformar el sistema penal formal conforme a modelos mucho más prácticos, eficaces y pacificadores”, finalizó.