Conferencia – El problema de la superpoblación carcelaria: estrategia y posibles soluciones
El pasado 28 de septiembre, y como profundización de un tema absolutamente actual en la agenda penalista, el Departamento de Derecho Penal y Criminología de nuestra Facultad, en conjunto con el Centro de Estudios de Ejecución Penal de la UBA y la Procuración Penitenciaria, organizaron la conferencia “El problema de la superpoblación carcelaria: estrategias y posibles soluciones”. Para disertar fueron invitados dos distinguidos especialistas en la materia a nivel mundial: el Dr. Marcos Salt (Director del Centro de Estudios de Ejecución Penal) y la jurista inglesa, Dra. Vivien Stern, en representación del International Center for Prison Studies de la Universidad de Londres. También estuvo presente el Procurador Penitenciario, Dr. Francisco Mugnolo.
Primeramente, el Dr. Marcos Salt señaló que el problema de la superpoblación o hacinamiento carcelario no es un flagelo que sucede únicamente en la Argentina sino que es un fenómeno irresuelto en el resto de los países también. Y al ser un problema universal, del que todos somos testigos y “responsables” a diario, exige que tengamos una toma de posición clara sobre el punto, que para Salt, es lo que está haciendo, “y muy bien”, el Departamento de Derecho Penal y Criminología de nuestra Facultad.
No obstante, para este profesor, el desafío central que hoy enfrentamos es cómo hacer para que determinadas medidas concretas y eficaces sean aplicables. En ese sentido, destacó como un punto de partida positivo el fallo “Verbitzky s/ hábeas corpus” dictado por la Corte Suprema de la Nación el año pasado, donde el Alto Tribunal ordenó a las autoridades de la Provincia de Buenos Aires, a cumplimentar con los requisitos de la Ley 24.660 de Ejecución Penal respecto de las condiciones de detención en las cárceles provinciales. Sin embargo, para Salt es ciertamente grave “que a un año de dictado el fallo todavía no se haya hecho nada al respecto”. Esto, para nuestro expositor, debe poner en alerta a los profesionales del derecho, porque las soluciones judiciales parecen haber perdido la fuerza coercitiva necesaria para generar soluciones eficaces.
Por otro lado, el Dr. Salt indicó que el problema del hacinamiento en las cárceles reviste “una llana y flagrante violación a la dignidad humana” que hasta el propio Estado reconoce. “Si hay una cárcel que tiene capacidad para 400 personas y el Estado dice que hay allí 800 reclusos es evidente que allí hay un trato inhumano y degradante”. De este modo, lo que nuestro invitado defendió a lo largo de su exposición es que el verdadero problema de todo esto es la cantidad de presos existentes sin una pena impuesta por juicio previo. Es decir que la solución pasa en definitiva por encontrar una salida alternativa al castigo de prisión preventiva que actualmente hace que algunas personas “pasen 4 o 5 años en la cárcel sin recibir sentencia”.
Finalmente, el Dr. Salt prefirió antes que realizar demasiadas críticas proponer algunas soluciones prácticas y urgentes. En primer lugar, subrayó que deben confeccionarse en nuestro país estándares de condiciones dignas de reclusión que se ajusten a los principios que se están manejando a nivel internacional. En segundo lugar, realizar un censo nacional, no sólo de la cantidad de presos existentes sino también de la calidad de detención de los mismos. Luego, legislar cupos máximos de alojamiento que impidan la acumulación de personas en lugares que no admiten más de cierta capacidad. Aunque más allá de estas estrategias, el profesor aclaró que esta búsqueda de una mejor calidad de vida para los presos “no puede desviarnos de nuestra verdadera lucha que es por la disminución del derecho penal”.
A continuación, la Dra. Vivien Stern compartió muchos de los argumentos vertidos por su colega y decidió agregar algunos comentarios a tales conclusiones. Ante todo, explicó que entre Argentina y su país, existen muchas coincidencias en esta materia que deben ser explotadas; se refirió particularmente a que ambos países fueron los primeros en suscribir el reciente Protocolo Facultativo de la Convención de Naciones Unidas contra la Tortura y Otros Tratos Crueles Inhumanos y Degradantes. En ese sentido, la expositora entendió que existe la posibilidad de realizar trabajos en conjunto.
Por otro lado, se preguntó “por qué las sociedades actuales encierran a tanta gente en las condiciones que lo hacen”. De esta manera, informó que en los últimos seis años la población carcelaria mundial aumentó de 8 millones a 9 millones, siendo Estados Unidos el país con mayor número de gente detenida, alcanzando el 24% de los presos de todo el mundo. Lejos de poder encontrar alguna respuesta satisfactoria a su interrogante, la Dra. Stern no logró hallar ningún justificativo razonable para que esto suceda. Evidentemente —dijo—, los empleados penitenciarios no se benefician (les pagan mal y les insume más trabajo), los presos tampoco (viven hacinados y se contagian enfermedades), a las autoridades gubernamentales tampoco favorecen (un motín sería bastante negativo), ni a la salud pública (el encierro propaga epidemias), ni a la economía (a los presos nadie los quiere como empleados), ni, en definitiva, a la comunidad.
Entonces, insistió Stern, ¿a quién beneficia todo esto? Una pista aparecería por el lado de las empresas multinacionales de seguridad privada que administran cárceles en todo el mundo. Sin embargo, en algunos países esto generó serios problemas y se debió retornar al sistema penitenciario público.
Frustrada la cuestión inicial, Stern prefirió exponer algunas vías de solución posibles a la superpoblación carcelaria que, no obstante, según ella, se evitaría bastante si al menos mucha de la gente que hoy está presa y no debería estarlo (“que es mucha”) fuese liberada. Para esto, citó ciertas recetas o estándares consensuados en un documento llamado Notas Orientativas para la Reforma Penitenciaria que han elaborado especialistas en la materia de diversas partes del mundo y puede ser consultado en Internet.