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Año XXIII - Edición 414 07 de noviembre de 2024

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Clases magistrales a cargo de Profesores Titulares, Asociados y Eméritos. Departamento de Derecho Penal y Criminología

  • Notas

Tentativa y desistimiento voluntario

El pasado 8 de octubre, en el Salón Verde, se realizó una nueva reunión del Ciclo de Clases magistrales a cargo de Prof. Titulares, Asociados y Eméritos. Departamento de Derecho Penal y Criminología. En esta oportunidad, el profesor Gustavo Garibaldi dictó la conferencia “Tentativa y desistimiento voluntario”.

Para comenzar, realizó un recorrido analítico en el que incluyó cuestiones como la imputación objetiva, la tentativa, teoría de las normas y los fundamentos dentro del derecho para la tentativa. Esto lo llevó a hablar del principio de ejecución y los problemas que derivan del mismo. Así cerró, lo que, en sus palabras, “conformaría su exposición, respecto al análisis de la tentativa".

Exploró en profundidad la imputación objetiva y aclaró que la misma“se encuentra dentro de la tipicidad y es un conjunto de principios que delimitan y corrigen la tipicidad”. Luego de avanzar sobre algunos ejemplos, manifestó la regla general de la imputación objetiva: “Depende del dolo porque hay una subordinación del tipo al dolo”.

Seguidamente, brindó una explicación sobre las normas. Aquí las catalogó de dos formas dependiendo de su naturaleza respecto a las personas. “Primero están las que buscan la regulación de una conducta”, sostuvo. No obstante, remarcó que “hay algunas que no buscan eso, sino que solamente dividen las responsabilidades”. En este marco, ejemplificó con las normas de tránsito, para pasar al parricidio, donde manifestó: “Nadie deja de asesinar a un familiar por la norma impuesta, además sabiendo que tiene de los peores agravantes, por ende, se entiende que la norma tiene otro objetivo el cual es reforzar otro tipo de valoración”. Sin embargo, quiso aclarar que hay valoraciones en las normativas que influyen a largo plazo en la educación cívica de las personas.

Uno de los ejemplos que dio para explicar más en detalle el tema de su exposición fue el de un sujeto que compra un revólver para matar al vecino. Aquí trajo además otra categorización con dos términos: los fijos y los graduales. “Supongamos que compro el arma y limpiándose, accidentalmente se me escapa un tiro y mató a mi vecino”, indicó. Al no tener comisión de ejecución, se podría decir que es homicidio culposo y concluyó que puede haber tentativa. “Puede haber la variante que quieran, pero lo importante es que esa tentativa pase a acción punible”, señaló.

Más tarde, abordó la problemática de la coacción. En primer lugar, se dedicó a analizar la coacción psicológica, esto ocurre cuando un policía nos frena y nosotros por el susto, cometemos la acción. Esto lo llevó a hablar de las teorías de valoración, que se dedican a traer a colación motivos externos al derecho penal. “Cuando estamos dentro de una tentativa, pero decidimos desistir”, postuló. Y agregó: “No puede existir el desistimiento si ocurre una cancelación no segura”, expresó.

Al terminar con su exposición, se abrió una instancia de preguntas del prúblico.

 

Objeto, método y propósito de la ciencia jurídico-penal

El pasado 19 de octubre, en el SUM del Instituto Gioja, tuvo lugar un nuevo encuentro del ciclo de Clases magistrales a cargo de Profesores Titulares, Asociados y Eméritos del Departamento de Derecho Penal y Criminología. En esta oportunidad, Daniel Pastor dictó la conferencia "Objeto, método y propósito de la ciencia jurídico-penal".

Para comenzar, ofreció una introducción histórica y comentó cómo se utilizan valores antiguos respecto a la regulación de las normas jurídicas. Se enfocó principalmente en la figura de Cesare Beccaria y su obra De los delitos a las penas. Lo primero que destacó de la misma es que es una de las primeras en presentar “a la ciencia jurídica penal de forma sistemática”. Asimismo, hizo referencia a que el interés no fue tanto en el derecho penal, sino en el poder de castigar por parte del Estado, o sea, el poder punitivo. “Es definido por el estado competente, donde se establece en abstracto lo que son los delitos y las penas”, sostuvo.

Seguidamente, se enfocó en el poder de castigar. “Es un mal, pero es un mal necesario”, analizó. Esto último, lo ejemplificó con un caso hipotético en el que una persona que le corta la pierna a otra en venganza y lo contrapuso con un caso de un cirujano que corta la pierna de un paciente para salvarlo. “Queda claro que en esto último, ocurre un mal necesario”, puntualizó.

Sin embargo, en parte de su exposición también aludió a los desvíos de la práctica. A éstos les adjudicó el mal uso de la ciencia jurídica y cuando la misma “ayuda a legitimar los abusos y las arbitrariedades”. En ese sentido, manifestó que la obra busca la solución a este problema. “En que se utilice la norma para limitar el poder punitivo”, indicó. En este marco, introdujo el concepto de garantismo. “El castigo debe existir, el mismo es indispensable, pero tiene que ser aplicado respecto a las reglas. Entonces, el desafío del garantismo es la observación de técnicas, de formulación de leyes a los hechos juzgados, para lograr la solución de los juicios de forma lógica”.