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Año XII - Edición 218 26 de septiembre de 2013

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Ciclo de conferencias “Norberto Bobbio” sobre “Justicia y derecho de la vejez”

  • Notas

En el marco del ciclo de conferencias “Norberto Bobbio”, el pasado 4 de septiembre tuvo lugar en el Salón Azul de la Facultadde Derecho, una nueva reunión sobre justicia y derecho de la vejez. Con la presentación de Soledad Fernández Mele, la exposición estuvo a cargo de la Dra. Stella Maris Martínez (Defensora General de la Nación Argentina), quien disertó sobre “Derecho de la vejez y acceso a la justicia: Un nuevo compromiso por los Derechos Humanos”.

Para comenzar, la oradora señaló que la mejor calidad de vida, el avance de la medicina y una expectativa de vida mayor a lo que sucedía hace 30 o 40 años, sobre todo en los países con desarrollo económico, plantea una realidad diferente. Observó entonces el déficit en generar acceso a la justicia de este sector de la población y sus necesidades de salud y provisionales. Consideró que se trata de un derecho fin porque es un derecho en sí mismo y el Estado debe poner a disposición un mecanismo para resolver los conflictos; y es un derecho puente porque sirve para poner en acto numerosos derechos que en la práctica no se dan. Hizo referencia también a las barreras de estos grupos de vulnerabilidad que no saben que tienen determinados derechos, como así también los obstáculos para movilizarse y el tema cultural con las personas de edad avanzada, como la falta de paciencia o el maltrato.

Postuló que debiera crearse un tracto abreviado o trámite preferencial en la justicia, dado las largas colas en las Defensorías oficiales en todo el país, donde se recurre para obtener un amparo con el fin de conseguir una prestación que es debida. Vinculó esta problemática con la conducta peyorativa hacia las personas de mayor edad y la falta de sensibilidad hacia el otro.

Por otra parte, remarcó que en Argentina no existen acompañantes gerotológicos, en aquellos casos de personas que no necesitan estar en un hogar de ancianos. Explicó que en otros países se aplica y consiste en un sistema para evitar que el paciente que puede estar en su casa acompañada, no tenga que recurrir a un hogar de ancianos, pero observó que en nuestro país la red no está suficientemente formada y no tiene suficiente control.

En cuanto a las funciones del defensor oficial, destacó el cuidado de los derechos humanos de las personas privadas de su libertad en un sentido amplio, y la supervisión, sensibilización y capacitación, que cuenta con un Programa de adultos mayores.

Además, sostuvo que en el interior del país es muy difícil porque los recursos están concentrados enla Ciudadde Buenos Aires, dependiendo de una prestación centralizada.

Comentó también que se están armando bancos de datos sobre derechos humanos, en relación con la incorporación de estándares interamericanos por los Tratados Internacionales incorporados en el año 1994. Además, marcó que se está haciendo una capacitación específica en todo el país, con todos estos conceptos nuevos, las posturas poco comprensivas, la falta de conceptualización de “sujeto de derechos”, el mal cuidado de familias con las personas mayores, maltrato y falta de contención. “Se trata de una cuestión cultural pero el Estado también debe estar más presente, dar respuestas más eficientes”, aseguró.

A su vez, manifestó que con el tráfico de estupefacientes aumenta la cantidad de personas mayores de 60 años privados de la libertad porque se utilizan como señuelo. Aclaró que en las provincias la defensa pública es muy débil, ya que están sobrecargados de trabajo, y se privilegia a los fiscales y no a los defensores. En consecuencia, no se trabaja en la protección de los derechos humanos.

Luego, hizo mención a los avances logrados en los instrumentos de ámbito internacional en la protección de adultos mayores, generando leyes más inclusivas.

Aludió además a casos relacionados con personas mayores sin familiares, indicando que si se produce la coexistencia con personas con problemas mentales se deteriora la salud de la persona de edad avanzada. También comentó el caso de una internación involuntaria y forzosa, por la cual se interna bajo la aparente patología mental a un anciano en una institución de salud mental y sin control se lo deriva a un geriátrico. En tal sentido, concluyó que “no se puede mezclar una internación de fines asistenciales con aquellas terapéuticas”, concluyó.

“Se trata de una cuestión cultural pero el Estado también debe estar más presente, dar respuestas más eficientes”, aseguró la Dra. Stella Maris Martínez.