Censo.04 Estudiantes
El censo es obligatorio y anónimo
¿Cómo censarse?
Concurriendo con libreta universitaria o constancia de inscripción en cada una de las carreras que cursa en la UBA o documento de identidad a las mesas que serán habilitadas en cada unidad académica.
El Rector de la Universidad de Buenos Aires, por Resolución 427/04 ha dispuesto la realización del censo durante el mes de octubre de 2004.
Este censo, que desde 1963 (Resolución 904/63) se realiza cada cuatro años, es de carácter obligatorio para los estudiantes de grado, posgrado y secundarios de la universidad.
Para mayor información puede consultar las páginas web. de la Universidad y/o de las Unidades Académicas: