Cannabis para la salud y derecho penal
El Departamento de Derecho Penal y Criminología llevó adelante el pasado 1 de octubre la jornada “Cannabis para la salud y derecho penal”.
En este marco, expusieron Alejandro Corda, docente e investigador, UBA; integrante de Intercambios Asoc. Civil; y Victoria Baca Paunero, defensora oficial criminal y correccional de la provincia de Buenos Aires; diplomada en Política de Drogas, Salud y DD, CIDE, México; e integrante de CECCa.
En primer lugar, Alejandro Corda indicó: “El sistema internacional de fiscalización de estupefacientes y psicotrópicos tiene como primer objetivo asegurar el acceso a esas sustancias con fines ‘médicos y científicos’ y recién después establecer restricciones (primero administrativas y luego penales) para aquellos usos que no tengan tal fin. En ese sistema el cannabis se clasificó entre las sustancias con más restricciones por su -supuesta- falta de utilidad médica y alta peligrosidad. Esta lógica fue replicada en la legislación de los países”. Y agregó que “aún en tal contexto la utilización del cannabis con esos fines debió haber estado permitida y excluida del alcance de la ley penal. El acento represivo que tuvo el sistema (y replicaron los países) en la segunda mitad del siglo XX produjo que se impidiera la utilización e investigación del cannabis con tales fines, incluso respecto del ‘cáñamo’ (o cannabis no psicoactivo) que nunca fue objeto de fiscalización. Por eso es necesario revisar la actual legislación, sobre todo a partir de la reforma constitucional de 1994, para asegurar el derecho a la salud como ‘el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental’ el cual se ve obturado por la preeminencia de la respuesta penal”.
Por su parte, Victoria Baca Paunero desarrolló: “El prohibicionismo del siglo XX demonizó de la planta de cannabis y estigmatizó a quienes la usan, criminalizándolos. Así, las agencias del sistema penal con la ‘guerra contra las drogas’ se han dedicado a perseguir la sustancia y a quienes la usan, incluso en favor de la salud. El activismo y las madres de usuaries de cannabis lograron lo que los fallos de la Corte apoyados en el art. 19 de la Constitución Nacional no: una ley que reconozca la utilidad del cannabis en favor de la salud. Pero su restrictiva reglamentación y su falta de implementación impiden el acceso legal al cannabis y dejan a quienes lo necesitan en la lógica de criminalización. Esto exige cambiar la mirada del sistema penal sobre el cannabis, no olvidar que se trata de la cuestión del dolor que todes podemos sufrir”.