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Año XVI - Edición 283 04 de mayo de 2017

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A 60 años de la Ley 14.346

  • Notas

Con la organización del Departamento de Ciencias Sociales, el 17 de abril se llevó adelante en el Salón Verde la jornada “A 60 años de la Ley 14.346”.

La actividad fue moderada por María de las Victorias González Silvano (docente de la materia Derecho Animal). En primer lugar, tomó la palabra Constanza Falcon (Fiscalía de Quilmes). La oradora se refirió a su experiencia personal adquirida al trabajar durante tantos años en la fiscalía. En este sentido, indicó que hay aumento constante de los índices de violencia a todo nivel y los animales no están exentos de estas situaciones. “El Estado no está atendiendo suficientemente estas situaciones que a nosotros particularmente nos preocupan. Como toda problemática, creo que requiere una solución o, por lo menos, medidas encaradas a tales fines”, expresó. Dentro de este marco, sostuvo que la solución no es otra que diversas políticas de estado a todo nivel, inicialmente a nivel preventivo y educativo y, además, campañas de concientización y atenciones veterinarias.

Matías Michenzzi (fiscal ambiental animal - CABA), por su parte, expuso que la fiscalía en la que él trabaja tiene más denuncias vinculadas con maltrato animal que con contaminación ambiental, entre el 60 % del total son denuncias de maltrato. Con relación a la ley 14.346, sostuvo que hay que revitalizarla. “El paso de la ley ha generado un primer escalón y es importante pero el estado de situación mundial hace que la ley deba reformarse”, opinó. En este marco, indicó que la ley peruana es una buena iniciativa para tener en cuenta para la reforma. Por otro lado, adicionó que la pena que hoy tiene la ley para el maltrato animal es muy baja. “Pensaría una pena muy similar a la de daño gravado donde se establece de 6 meses a 4 años”, opinó y agregó que cree posible la realización de un cuerpo normativo uniforme y más amplio.

Acto seguido, Sandra Matisevich (fiscal - La Matanza) señaló que La Matanza es una de las zonas más pobres y más extensas de la Provincia de Buenos Aires. Asimismo, expresó, en relación con el maltrato y el cuidado de los animales, que “lamentablemente en la Provincia de Buenos Aires no hay una unidad fiscal temática en este tipo de problemas”. Añadió que todavía los animales no votan y eso a quien hace la ley, a quien la promulga y a quien pone el presupuesto le importa, pero no le importa al momento de la prevención y del cuidado. Luego, examinó que si vamos a hablar del delito en torno al maltrato animal, tenemos que diferenciar lo que es la parte administrativa o infraccionaría de lo que es la parte realmente penal. “Quizás la parte infraccionaría en la Provincia, como es tan extensa y problemática, se puede hacer a nivel municipal”, opinó.

Finalmente, Daiana Loffreda (docente de la materia Derecho animal - Fiscalía Federal de San Martín) explicó que la ley 14.346 es una ley penal. “Las leyes penales lo que hacen es describir conductas que son consideradas como delitos y que por tanto merecen una pena. Tienen como estructura un precepto que prohíbe o manda un comportamiento y una sanción prevista ante el incumplimiento de ese precepto”, describió y adicionó que “mientras leíamos los proyectos de ley que están propuestos para la reforma había cuestiones que son muy importantes para el avance del derecho animal en la Argentina (…) esas cuestiones no pueden ser tratadas dentro de la norma de tipo penal. Esto hay que tenerlo en claro”. Luego, como cuestiones importantes para la reforma de la ley, mencionó, entre otras, que haya penas más altas, elevar tanto el mínimo como el máximo y la distinción en las penas.