Información general del Programa de actualización en Litigación Oral Adversarial y Juicio por Jurados para Fiscales, Querellantes y Abogados de la Víctima
Director: Javier Buján
Subdirectores: Walter Horacio Fernández y Marcelo Varona Quintián
Coordinadores Generales: Sebastián Videla y Carolina Aneley
Zanni
Modalidad de cursada: virtual
Modalidad de examen:
Los participantes de este curso serán evaluados a través de su participación en el ejercicio de una serie de prácticas que tendrán relación con las distintas asignaturas, para finalmente, ser evaluados de manera integral en el curso final especialmente destinado a la práctica profesional de la litigación penal.
Modalidad de aprobación: Trabajo final integrador
Objetivos
Objetivos generales:
- Contribuir al mejoramiento de la formación profesional de los profesionales del derecho que aspiren o se desempeñen en el Ministerio Público Fiscal, así aquellos que deseen asumir la representación y rol de acusador particular o abogado de la víctima, sea en forma particular o actuando desde otros estamentos del Estado.
- Propiciar la discusión de temas de interés y de actualidad en el área del proceso penal mediante el intercambio con docentes referentes de la materia de nivel nacional e internacional desde el particular rol de llevar adelante la acusación.
- Debatir sobre los nuevos desafíos del proceso penal para los acusadores públicos y privados en representación de los derechos de las víctimas a partir de la vigencia de la ley 27372 en el juicio penal tradicional y en el Juicio por Jurados.
- Adquirir herramientas para un desarrollo estratégico del caso en el Juicio por Jurados así como la adquisición de las técnicas de litigación que impone una nueva forma de juzgamiento por jurados populares.
Objetivos específicos:
- Abordar los lineamientos constitucionales y convencionales del proceso penal; los nuevos desafíos en el proceso penal; las implicancias del principio acusatorio y de un proceso adversarial.
- Desarrollar una visión estratégica de los casos; de la bilateralidad y contradicción; la imparcialidad del juez y la presunción de inocencia, a través de la conexión de lo fáctico con las categorías jurídicas.
- Favorecer la adquisición de destrezas para presentar un caso en juicio; interrogar y contrainterrogar a un testigo o perito; introducir la evidencia física, formular las alegaciones pertinentes.
- Fortalecer la elaboración de estrategias para la litigación de casos de violencia de género, así como el uso de testigos expertos.
Justificación
A la fecha no existe a nivel nacional ninguna instancia de formación profesional que esté dirigido al singular rol del Fiscal y de los abogados que ejercen la representación de los intereses de la víctima regulados como marco en la ley 27372, que amplía notoriamente los roles y atribuciones de la misma, con directa implicancia en el juicio oral y en particular en el juicio por jurados.
La singular y única tarea de llevar adelante la acusación como titular de la acción pública al Ministerio Público Fiscal le impone la estructuración de toda su teoría del caso a partir de la misma, en un rol absolutamente diferenciado de la función del Juez como tercero imparcial e incluso de la defensa que no requiere necesariamente del triunfo de su propia teoría para ganar el caso, sino que incluso la mera duda razonable será favorable a sus intereses, en un contexto donde siendo la regla la unanimidad para la decisión de los casos
graves en casi todas la provincias argentinas, bastará un sólo voto de un jurado en contra para dar con tierra con los intereses de la sociedad y de la víctima.
Así una verdadera capacitación con rigor profesional no puede estar basada en consideraciones generales comunes en parte a los litigantes y al juez, sino que debe ajustarse a la misión del acusador en particular, para quién incluso se encuentra harto restringido el derecho al recurso.