Perfil del egresado del Programa de actualización en Derecho Parlamentario Aplicado

El programa estará dirigido tanto a profesionales del derecho y ciencias sociales conexas -en particular a aquéllos que se relacionan con el derecho público constitucional y parlamentario- como también a contadores, escribanos, a actuarios, a licenciados en economía, a licenciados en ciencia política, a licenciados en administración de empresas, en sociología y en antropología; sin perjuicio de lo cual, por las características específicas del contenido de los cursos, también está dirigido a docentes en general, así como a los dirigentes políticos y gremiales, a los actores en la toma de decisión de entidades públicas para que procuren adquirir herramientas jurídicas para el ejercicio profesional y trabajo actualizado, y a funcionarios y empleados del sector público en general, del Poder Judicial y del Poder Legislativo.

Los aspirantes habilitados a cursar el Posgrado de Actualización en Derecho Parlamentario son:
Abogados, Procuradores y Escribanos, Lic. en Ciencia Política, Lic. en Sociología, Lic. en Antropología, Contador Público Nacional, Lic. en Economía, Actuario, Lic. en Administrador de Empresas, Lic. en Matemáticas, y/o egresados de carrera universitaria no menor a cuatro años con título de grado. También se incluye a miembros de las FF.AA. con grado de teniente, Alférez o Guardia Marina, y miembros de FF.SS. con el grado de oficial.

(*) Así mismo, el curso está dirigido al personal técnico no universitario del Congreso Nacional, de las legislaturas provinciales y municipales del área parlamentaria, a los empleados superiores de la justicia nacional, provincial y local, y de los juzgados de paz no letrados; al personal técnico superior de la administración pública nacional centralizada y descentralizada, al personal técnico superior de las administraciones provinciales y municipales, al personal técnico de los organismos no gubernamentales (ONG), de los organismos autónomos, de las empresas públicas y entes del Estado que acrediten antigüedad efectiva y continua de seis (6) años -excluyente-, con título secundario o mayor no universitario.