Programa de Pasantías
Información general
¿Qué es el Programa de Pasantías?
Es un programa implementado por la Facultad en el marco de lo dispuesto por la ley 26.427 con el objeto de complementar la formación académica y la práctica profesional de los/as estudiantes, quienes desarrollan actividades formativas rentadas sustantivamente relacionadas con la propuesta curricular de la carrera en curso.
¿Cómo funciona?
Se desarrolla en distintas organizaciones (estudios jurídicos, estudios contables, empresas, organismos públicos, etc.) mediante la celebración de convenios que permiten a los/as estudiantes la realización de distintas tareas que colaboran con su formación general y se complementan con su educación universitaria, no siendo de carácter obligatorio.
Las tareas a desarrollar por los pasantes dependen de la naturaleza de las actividades de la organización a la que se incorporen, como así también del Sector o Área en el cual se desempeñen, complementando su formación académica y práctica profesional.
La Facultad designa docentes guía a los efectos de asegurar el cumplimiento del objeto de los convenios suscriptos.
Las organizaciones efectúan los requerimientos de alumnos en el marco de un convenio de pasantías, pautando los requisitos académicos que deberán reunir los/as estudiantes a incorporar, como así mismo las condiciones ofrecidas para cada puesto.
¿Cómo puedo acceder a una pasantía?
El Programa publica las ofertas de pasantías en la web de la Facultad y en la cartelera de la oficina del Programa de Pasantías a fin de que puedan postularse aquellos alumnos interesados que reúnan los criterios solicitados por el organismo convocante, mediante la remisión de un currículum vitae a la organización solicitante durante el plazo de vigencia de la publicación.
Requisitos generales de postulación (Res. CS Nº 5906/09 – Anexo II):
- Ser alumno/a regular de grado de la Facultad (los/as alumnos/as del CBC deben esperar la confirmación de su inscripción en al menos una de las materias de las carreras dictadas por esta Facultad).
- No estar asignado/a a otra pasantía;
- Ser mayor de DIECIOCHO (18) años;
- Ser preseleccionados/as por la Facultad, teniendo en cuenta sus antecedentes académicos, características, perfiles y especialización acordados con las entidades (este paso se cumple con la publicación y postulación del alumno conforme lo indicado en el párrafo anterior y en cada convocatoria publicada), y asegurando las condiciones pedagógicas que requiere la formación del pasante, según la pertinencia de las tareas y actividades, quedando la selección final a cargo de las entidades.
Únicamente se podrán postular alumnos/as regulares en las Facultades a las cuales pertenezcan. Los/as alumnos/as no podrán realizar pasantías a través de otra Unidad Académica que no sea la propia debido a que el control de la pertinencia de las tareas a realizar sólo puede ser llevado adecuadamente por la Unidad Académica de la cual depende la carrera de grado del estudiante.
¿Cómo se fija la retribución por las tareas desarrolladas como pasante?
Las tareas que desarrolla el pasante son retribuidas con una asignación estímulo abonada por la organización donde se desempeña. La asignación estímulo es siempre en dinero.
De acuerdo a lo estipulado por la ley 26.427, el monto de la misma debe calcularse proporcionalmente a la carga horaria de la pasantía, sobre el monto del salario básico del convenio colectivo aplicable a la empresa; o en caso de actividades que no cuenten con convenio colectivo, sobre el salario mínimo, vital y móvil.
Convenios marco de pasantías vigentes
Convenios individuales de pasantías vigentes
Docentes guía designados